En respuesta al escrito del 17 de mayo (No se me entrego copia, me la facilito un vecino) de TARTESOS Y ASESORES, manifestar lo que sigue;

1.- El mensaje subliminal del escrito, anunciando a los cuatro vientos que me denunciaran judicialmente, (ya tardan) va dirigido a los vecinos propietarios que quieran saber y actuar cuestionando las graves irregularidades contables y presunta estafa aquí denunciadas y, de paso, aislar al denunciante. El precedente que se creara si consiguen el objetivo agudizará el problema, no tengan la menor duda. Es imprescindible ofrecer una respuesta adecuada, mañana podría ser tarde, la dignidad no es un producto más del mercado al que se le pone precio para su venta, cuestionar la sinrazón e injusticias, vengan de donde vengan, es vital y marcará el devenir del futuro de está comunidad. Tomad nota, estos problemas denunciados no son personales y tiene su origen en el patrimonio común al conjunto de la comunidad, evitemos nos lo expolien.
2.- Conocedores, los “asesores”, de la importancia del poder de la información, sinónimo de conocimiento y capacidad para interpretar adecuadamente la realidad, estos omiten interesadamente cualquier información que gestionan con carácter previo a cualquier reunión (es el caso de la reunión del día 2/11/2023 que aprobó el informe contable del periodo de agosto 2022 a septiembre 2023), en el mejor de los casos entregan informes en la reunión, sin posibilidad material de valorarlo, o se facilita información verbal para no dejar evidencias de lo manifestado y, llegado el caso, si lo exige el guion, negar lo que dijeron, evitando la crítica a su gestión. Está es la consecuencia de no facilitar con carácter previo y por escrito los pertinentes informes y presupuestos de cualquier naturaleza. Igualmente, respecto a los puntos a tratar estos se confeccionan dándoles un carácter genérico, a pesar de conocer los problemas que se van a tratar y acordar, lo ocultan, es el caso del arreglo de la cubierta del edificio y la derrama necesaria para su ejecución, la contratación de la limpieza y seguro de responsabilidad civil, subidas de cuotas, etc. Nadie niega que el arreglo de la cubierta sea necesario, también lo es el arreglo de la fachada del edificio orientada al sur donde hay humedades y filtraciones desde hace tiempo cuando llueve con virulencia, sin embargo, el resultado es arreglo de la cubierta. Recordad, que la anterior Administración de Fincas nos privo de la subvención en dos ocasiones por negligencia.
3.- El escrito en cuestión, pretende justificar lo que a todas luces es una decisión abusiva con el agravante de abuso de confianza, calificando de “FALSO” que cobraron un mes más de cuota de 79€ del mes de agosto 2022. ¿Se puede ser más cínico? Si nos remontamos a los hechos y tiramos de archivo, la redacción del punto y elección del actual Administrador de Fincas en la Junta General de Propietarios, dice, Contratación de empresa de Administración de Fincas, recogiendo el acta lo siguiente; “Tras debatir el asunto se procede al nombramiento de TARTESOS ASESORES SLP”. La contratación y nombramiento no se hace con carácter retroactivo a la fecha del acuerdo de contratación de sus servicios, el 12/9/2022, ni tampoco se trató que se cobraría desde el mes de agosto. En la citada reunión, se consideraron dos propuestas de diferentes Administradores de Fincas, siendo elegida Tartesos. ¿Si hubiéramos elegido la otra empresa que concurso en la elección, quien les iba a pagar el supuesto trabajo realizado en agosto?
Si lo anterior es grave, la subida de cuota de 79€ a 83€ desde enero de 2023 no tiene justificación alguna y es altamente preocupante. ¿Qué confianza podemos tener en unos “asesores” que actúan con semejante falta de respeto y ética profesional? Curiosamente, a pesar de que en mi anterior escrito denuncio el asunto, en su respuesta omiten cualquier valoración, ¿Os imagináis por qué? ¡¡¡Es indefendible!!!

Estos hechos relacionados con la cuota no son ajenos a la Junta Directiva de la Comunidad, y no lo son por varias razones, tienen acceso a la cuenta de la Comunidad por medio de internet donde conocer y valorar los gastos e ingresos. En el proceso de solicitud del informe contable y otros documentos negados inicialmente por el administrador, dificultando así la impugnación del informe contable, solicite del actual presidente exponiéndole el problema de las cuotas cobradas, entre otros graves problemas contables. Incluso, en otra ocasión, un día antes de la reunión del 2/11/2023 y ante la falta de informe contable le exprese mi preocupación proponiéndole que se aplazara el punto, respondiéndome que no entendía de cuentas.
Y, no queda aquí la incompetencia y permisividad evidenciada ante estos hechos, en dos ocasiones, y ante problemas relacionado con su responsabilidad de presidente de la Comunidad, y evitar asumirlo, anuncio su dimisión, dimisión que nunca concreto.
4.- Siguiendo con la valoración del escrito respuesta de los “asesores”, el mismo omite valoración alguna relativa al descuadre provisional contemplado en el escrito relativo al informe contable por importe de 1.968,96€, eso sí, manifiestan que pretendo que ellos asuman responsabilidades de la gestión de la anterior administración. Nada más lejos de la realidad, al margen de quién es o son responsables de la perdida patrimonial de la Comunidad, cuestión incuestionable, esta se tendrá que determinar, si se acuerda, previa AUDITORIA o en su defecto el nombramiento de una Comisión Revisora de Cuentas.
Me acusan de emplear el término de graves irregularidades contables y presunta estafa, por cierto, estas mismas palabras se las manifesté varias veces en los interminables intercambios de e-mail que tuvimos. En cuanto a las supuestas descalificaciones graves contra Tartesos y Asesores, aquí omiten la naturaleza de las acusaciones, evidentemente son falsas.
5.- El siguiente hecho que describo a continuación, evidencia, en mi opinión, un ejemplo más de grave irregularidad y presunta estafa, a saber; Los datos son elaborados exclusivamente por Tartesos y Asesores tras recibir de la anterior administración traspaso de la deuda pendiente del 3 A.
A fecha del 17/7/2022 la deuda del 3 A era de 2.002€, seguidamente, un informe de la actual administración de fecha 6/9/2022 la incrementa a 2.062€, 60 € más, cantidad que se corresponde al impago de la cuota del mes de julio 2022.
Tras la reclamación del 3 A, manifestando que había liquidado parte de la deuda facilito recibos que en su opinión lo acreditaba. Pues bien, visto los recibos por algún responsable de Tartesos, en la documentación que se aporta junto con la convocatoria de la reunión del 2/11/2023 el citado informe concluye lo siguiente; A fecha 31/8/2022 había liquidado de la deuda la cantidad de 1.055€, pasando la deuda al 31/8/2022 a 1.007€.
En e-mail recibido del actual Administración el 25/1/2024, respecto a la deuda, manifiesta; Vivienda 3º A a 01 08 2022 debía según los datos aportados por la anterior gestión 2.062,00€, pero acreditaron que parte de esa deuda la tenían abonada aportando recibos, concretamente la cantidad de 660€, por lo que rectificamos la deuda inicial y reclamamos el resto judicialmente que son 1.402,00€.
Mi asombro ante la falta de rigor contable es mayúsculo, solicitándole me facilite los recibos que acrediten los pagos, y sorpresa, una vez comprobado los recibos estos sólo liquidan de la deuda pendiente la cantidad de 100€. Este dato relativo a la deuda pendiente del 3 A fue reconocido en e-mail por el Administrador de Fincas, pasando de una deuda inicialmente de 2.062€ a 1.007€, después a 1.402€, terminando reconociendo a fecha 1/08/2022 que la deuda es de 1.962€. ¿En su opinión, son graves irregularidades contables y presunta estafa estos hechos y otros reseñados? Las matemáticas básicas son una ciencia exacta, y salvo error por omisión involuntaria o voluntaria, el resultado es incuestionable.
6.- Hasta aquí una descripción de hechos verificables, podéis seguir mirando hacia otro lado como hasta ahora, resignados e indiferentes, o en su defecto, adoptar un cambio de actitud responsable. La negativa del Administrador y presidente de no realizar Junta General que aborde las graves irregularidades contables, entre otras cuestiones, (desde enero vengo proponiendo reunión), es extremadamente grave.
Ante esta actitud irresponsable, la Ley de la Propiedad Horizontal (LPH) permite a los propietarios convocar Junta General de Propietarios, para ello, los propietarios tendrían que realizar escrito solicitando dicha reunión dirigido al presidente y avalándolo con sus firmas un mínimo del 25% de propietarios, el escrito ha de contener los puntos que se proponen debatir y acordar. En el hipotético caso que el presidente manifieste su deseo de no convocar la Junta General de Propietarios, los solicitantes, tienen la capacidad legitima y legal de promover convocando a la Junta General de Propietarios.